A- de 2022
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Posada Villegas Juan Pablo·Demandado Municipio De Caldas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Civil del Circuito de Caldas (Antioquia) y el Juzgado Treinta y Cuatro Administrativo Oral del Circuito de Medellín.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la existencia de un proceso judicial originado de la demanda presentada por el ciudadano en contra del municipio de Caldas, para que se declare la existencia de un contrato laboral.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte concluye que este asunto se aplica la regla establecida en el Auto 492 de 2021, según la cual, de conformidad con el artículo 104 del CPACA, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer y decidir de fondo los procesos promovidos para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.
Conforme a lo anterior, la Corte, remitió el expediente al Juzgado Treinta y Cuatro Administrativo Oral del Circuito de Medellín, para lo de su competencia y para que comunique la decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales dentro del proceso correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Civil del Circuito de Caldas, Antioquia y el Juzgado Treinta y Cuatro Administrativo Oral del Circuito de Medellín, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Treinta y Cuatro Administrativo Oral del Circuito de Medellín conocer del proceso promovido por el ciudadano Juan Pablo Posada Villegas.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-996 al Juzgado Treinta y Cuatro Administrativo Oral del Circuito de Medellín, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Civil del Circuito de Caldas, Antioquia y a los sujetos procesales dentro del proceso correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.